Acreditaciones de prensa

POLÍTICA DE ACREDITACIONES 2025

La Secretaría de Actas e Información Pública del Club Atlético Colón expide credenciales anuales y eventuales. Las primeras son emitidas durante el mes de enero y tienen validez hasta fin de año. Las segundas son otorgadas excepcionalmente para cada partido oficial que el equipo juegue como local a lo largo del año, por lo que deben ser solicitadas con anterioridad a la disputa del encuentro. Los pedidos de acreditaciones podrán solicitarse únicamente mediante el formulario digital que será publicado en la sección Prensa de la página web oficial y durante el período de tiempo estipulado para cada tipo de acreditación. Cualquier otra forma de solicitud fuera del sistema aquí detallado (fax, e-mail, telefónica, etc.) no será considerada como válida y quedará excluida de la nómina en forma automática.

El formulario digital de solicitud deberá completarse en su totalidad, con todos los datos que ahí figuran para llevar a cabo el procedimiento. La operatoria es grupal, por lo que un representante del medio deberá acreditar a todos los integrantes del mismo que quieran acreditarse quedando bajo su responsabilidad la organización para efectuar dicha solicitud.

Al momento de solicitar las acreditaciones anuales, el solicitante deberá respetar el máximo permitido para cada tipo de medio (el sistema anulará automáticamente cualquier pedido que no lo respete). Los topes son los siguientes:

  • Medio Gráfico: 2 (dos) credenciales.
  • Medio Radial (transmisión): 5 (cinco) credenciales.
  • Medio Radial (tira diaria o semanal): 1 (una) credencial.
  • Medio Televisivo: 4 (cuatro) credenciales.
  • Medio Web: 1 (una) credencial.
  • Periodistas Free Lance: no serán acreditados.

Junto a la información requerida para realizar la/s acreditación/es del medio, se solicitará un número telefónico y una dirección de mail que serán utilizados como única forma de contacto desde la Secretaría de Actas e Información Pública en caso de que surja alguna eventualidad durante el proceso de acreditación. 

Se deja en claro con anticipación que la recepción de la solicitud por parte de esta Secretaría no asegura el otorgamiento de la acreditación. La respuesta afirmativa o negativa en cada caso será recibida por cada entidad solicitante.

Además, se informa que la cantidad de acreditaciones emitidas quedará supeditado al espacio físico destinado a la prensa en el estadio y a la cantidad de medios solicitantes, dando prioridad a aquellos medios que concurren asiduamente a los eventos deportivos.

 

  • ACREDITACIONES ANUALES

El formulario online deberá constar de todos los datos que ahí figuran para llevar a cabo el procedimiento. La operatoria es grupal, por lo que el representante del medio deberá acreditar a todos los integrantes del mismo que quieran acreditarse consignando los datos personales solicitados de periodistas, productores y técnicos. Las credenciales emitidas serán nominales, por lo que se requerirá la presentación del DNI junto a la credencial al momento de ingreso al estadio.

Al momento de solicitar las acreditaciones anuales, el solicitante deberá respetar el máximo permitido para cada tipo de medio detallado en el apartado anterior (el sistema anulará automáticamente cualquier pedido que no lo respete).

Será condición obligatoria y necesaria para completar el proceso de acreditaciones anuales que la autoridad, gerencia o dirección competente de la empresa periodística envíe por mail a prensa@clubcolon.com.ar el correspondiente AVAL o RESPALDO FIRMADO de la solicitud realizada (en formato digital, escaneo o foto), antes del 26/01/25. Cualquier documento recibido por fuera de esa fecha no será tomado en cuenta y no se evaluará el envío de acreditaciones.

Se deja constancia clara que la recepción de la solicitud por parte de esta Secretaría no asegura el otorgamiento de la acreditación. La respuesta afirmativa o negativa en cada caso será recibida por cada entidad solicitante a través del correo electrónico declarado por el solicitante. La comunicación oficial entre solicitantes y la Secretaría de Actas e Información Pública se hará exclusivamente a través del correo electrónico quedando cualquier inconveniente en la recepción de los correos a cargo del solicitante.

La Secretaría no emitirá credenciales anuales para estudiantes de las carreras de Periodismo, Comunicación Social y otras afines.

Será responsabilidad del solicitante representante del medio o equipo de periodistas el retiro de las acreditaciones eventualmente otorgadas y el cuidado de las mismas. Si alguno de los acreditados perdiera la credencial, se le repondrá sólo una vez de manera digital, quedando a cargo del solicitante los cargos y modos de impresión. La pérdida reiterada de la credencial significará la suspensión total de la acreditación anual sin posibilidad de renovación hasta el año siguiente. Llegado el caso la persona en cuestión deberá solicitar acreditaciones eventuales para cada partido.

Formulario digital para acreditaciones anuales: https://docs.google.com/forms/d/1hJJO_c4NyyggC4Uy6x-dyZYAy97PLsbYKh1_oqvz-UA/edit?usp=drivesdk

 

  • ACREDITACIONES EVENTUALES

Las acreditaciones eventuales tienen validez exclusiva para cada partido. El formulario de acreditación se habilitará 5 días antes  de la disputa de cada partido y se cerrará un día antes del juego, quedando abierto y a disposición de los solicitantes durante 4 días. Los plazos de cierre serán diferentes según el día en que se lleve a cabo el cotejo. Se informa que luego del paso de la fecha límite estipulada, no habrá posibilidad de acreditación o modificación del pedido emitido, siendo esta situación total responsabilidad del medio solicitante. 

La solicitud debe realizarla el responsable del medio o del equipo periodístico, debiendo consignar los datos de los periodistas, productores y técnicos que van a asistir al evento. Las solicitudes que no cuenten con todos los datos requeridos serán consideradas inválidas y quedarán excluidas de la nómina en forma automática siendo total responsabilidad del solicitante.

Además, se deja en claro con anticipación que la recepción de la solicitud por parte de esta Secretaría no asegura el otorgamiento de la acreditación. La respuesta afirmativa o negativa en cada caso será recibida por cada entidad solicitante.

El Club Atlético Colón se reserva el derecho a otorgar la acreditación y disponer la cantidad de accesos y lugares asignados, de acuerdo a este documento y la disponibilidad de los espacios dispuestos para cada partido. 

Las acreditaciones sólo se realizarán para medios registrados. Se informa que no se emitirán credenciales para emisiones gráficas, radiales o televisivas con menos de un semestre ininterrumpido de actividad que pueda ser comprobada de manera formal. La política llevada adelante para acreditar páginas en redes sociales freelance es que puedan demostrar un total de seguidores superior a 10.000.

Las solicitudes de los medios visitantes serán recibidas de igual manera que todo el resto de los pedidos. La prioridad de acreditación estará supeditada al espacio físico disponible en los sectores asignados y será cotejada con los departamentos de prensa oficiales de cada club según corresponda.

El formulario de solicitud de acreditaciones eventuales para el primer encuentro se publicará la semana previa al comienzo del torneo.

 

  • NORMAS DE CONDUCTA

Las áreas de Prensa ofrecidas por el Club sólo podrán ser ocupadas por el personal acreditado de manera previa para llevar a cabo su trabajo en dicho espacio. Las cabinas de transmisión, pupitres y la sala de conferencias no podrán contar con ningún tipo de persona, ya sea acompañante o ayudante, que no cuente con su debida credencial. Está prohibida también la presencia de menores de edad, así como el ingreso con indumentaria o distintivos alusivos a clubes de fútbol.

Los profesionales deberán ubicarse en el lugar asignado de manera específica por el personal del club, no pudiendo alterar la ubicación bajo ninguna circunstancia. En todos los casos la credencial será personal e intransferible del titular que la haya solicitado. La mala utilización de la identificación por parte del acreditado u otra persona que no sea el titular podrán ser motivos de sanciones (suspensión o retiro definitivo de la credencial, por ejemplo) por parte de la Secretaria de Actas e Información Pública.

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Miercoles 22 de Enero del 2025
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